publicado por eldial.com B. M. L. c/ SAV S.A. s/ despido” – CNTRAB – 27/12/2012 DESPIDO INJUSTIFICADO. DIFUSIÓN DE FOTOGRAFÍAS A TRAVÉS DE RED SOCIAL –FACEBOOK–. Imágenes que mostraban a la trabajadora durmiendo o posando en posición de dormir en el lugar de trabajo. Empleadora que no acreditó los perjuicios que denunció como sufridos –daños a la imagen de la empresa–, como consecuencia de dicha difusión. Dependiente que no poseía antecedentes disciplinarios. RÉGIMEN DISCIPLINARIO PROGRESIVO –Arts. 67 y 218 de la Ley 20744–. Principio de conservación del contrato de trabajo –Art. 10 de la LCT–. POSIBILIDAD DE APLICAR UNA SANCIÓN MENOR QUE EL DESPIDO. Inconducta que no reviste suficiente gravedad como para impedir la continuidad del vínculo laboral “El perjuicio "moral y económico" que le habría causado con motivo de la difusión a través de la red social Facebook de unas fotos que dañarían su imagen no se advierte acreditado. Ello así po...
Dr. Ruben Lombardi y Abogados Asociados -Estudio Juridico Integral- telefono: 011-154-4777630 E-MAIL: estudiolombardi@gmail.com; estudiolombardi@hotmail.com Especialidades : Casos penales complejos-Derecho Administrativo-Derecho Procesal Constitucional - Responsabilidad Civil por Daños- Derecho del Trabajo - Defensa del Consumidor- Derechos de la Discapacidad