Ir al contenido principal

Embarazada-reduccion de funciones-despido

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, hizo lugar al reclamo presentado por una trabajadora que se desempeñaba como coordinadora en un centro médico, a la cual la empresa de medicina prepaga en la que cumplía su actividad, la dejara sin funciones después de reincorporarse a su actividad tras cumplir con su licencia por maternidad.

Los magistrados que componen la Sala IV, decidieron condenar a una empresa de medicina prepaga a abonarle a la trabajadora la suma de 133 mil pesos en concepto de indemnización, más los intereses, tras determinar que se había producido una situación de despido indirecto.

De acuerdo a la información publicada por la agencia de noticias DyN, la mujer que se había reincorporado luego de cumplir con una segunda licencia por maternidad, plazo de excedencia acordado y de vacaciones, sufrió la falta de los elementos necesarios para poder llevar a cabo su trabajo, significando la alteración de uno de los elementos principales del contrato laboral, debido a que habían sido modificadas sus funciones, su jerarquía y las condiciones materiales en la prestación del servicio.

Los camaristas, consideraron que la empresa había colocado a la trabajadora en una situación de incertidumbre en cuanto a su función específica, como consecuencia de los cambios introducidos en la situación laboral de la misma, desafectándola de las tareas jerárquicas que resultaban inherentes a su calidad de coordinadora.

En base a tales consideraciones, los camaristas ordenaron abonar la mencionada indemnización a la trabajadora que habían dejado virtualmente sin funciones desde el momento de su reincorporación, haciendo referencia a los perjuicios de orden moral sufridos por la misma.


publicado por abogados.com.ar

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Desvinculacion por acta notarial NO.

Consideran nula la negociación de la extinción de la relación laboral por escritura pública ante la ausencia de asistencia letrada La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad del acta notarial en virtud de la cual se extinguió el vínculo laboral, la cual tuvo lugar luego de una suspensión disciplinaria, ante la ausencia de asistencia letrada del trabajador. La sentencia de primera instancia dictada en la causa “Salo José Ricardo C/ Boehringer Ingelheim S.A. s/ despido”, rechazó la demanda incoada por el actor que consideró que el acuerdo extintivo celebrado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, mediante escritura, no fue producto de su libre decisión. Al pronunciarse en tal sentido, la magistrada de grado concluyó que en la especie no se configuraban elementos que restaran validez a la voluntad del actor plasmada en la actuación notarial precedentemente señalada, siendo tal decisión apelada por el actor. Los jueces qu...

si presenta certificado medico falso procede el despido

Consideran Justificado del Despido del Trabajador ante la Presentación de un Certificado Médico Apócrifo La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que resultó justificado el despido del empleado por pérdida de confianza, ante la presentación de un certificado médico apócrifo para justificar inasistencias. En el marco de la causa “Valdueza Segreto Ricardo Javier c/ CPS Comunicaciones S.A. y otro s/ despido”, el actor había iniciado demanda contra CPS Comunicaciones S.A. y contra Metrovías S.A., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor, así como también para que se declare la nulidad del despido dispuesto y se disponga la reinstalación en su puesto de trabajo. El actor sostuvo que en determinado momento le fueron negadas tareas, por lo que inició intercambio telegráfico, hasta que finalmente resultó despedido en forma directa mediante la invocación de una causal que desconoce, por lo que solicita que se declare la nulidad del despido y se lo ...