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Mostrando las entradas de mayo, 2009

Despido con causa-enviar mails agraviantes

Despido justificado de quien envió un correo electrónico que contenía alusiones sexistas, difamatorias y despectivas acerca de algunos compañeros de trabajo y de su superior jerárquico. Sumario: 1.-Resultó ajustado a derecho el despido del actor, quien utililizó la computadora y el correo electrónico para enviar un mensaje ajeno a cuestiones laborales que contenía alusiones sexistas, difamatorias y despectivas acerca de algunos compañeros de trabajo y de su superior jerárquico, máxime cuando aquél se encontraba debidamente notificado del "Manual de Conducta- de la accionada que establece claras delimitaciones acerca del uso del correo electrónico y del acceso a Internet. 2.-En el caso no se trató de una broma inocente sino de un comentario denigrante elaborado con expresiones soeces que claramente violó la política de la empresa con respecto al uso de las herramientas de trabajo, en el caso el correo electrónico laboral y el sistema informático brindado por la demandada al actor ...

ojo con los contratos de trabajo eventuales

Que el actor haya sido contratado como "personal extra" carece de relevancia frente al hecho comprobado de que desempeñaba sus tareas de mozo para la demandada de manera habitual. Sumario: 1.-Debe revocarse la sentencia que desestimó la demanda, pues si bien el convenio colectivo 125/90 -aplicable a la actividad de mozo desempeñada por el actor- prevé la figura del "personal extra", la norma es suficientemente clara en cuanto señala que recibirá dicha denominación todo aquel trabajador que sea contratado para prestar servicios "extraordinarios" y "transitorios" de la empresa, extremo que, precisamente, no logró acreditar la demandada. (Del voto del Dr. Zas, al que adhiere el Dr. Fernández Madrid - mayoría) 2.- La característica de "eventual" atribuida al "extra eventos o especial" no puede llevar a desconocer los derechos que la LCT reconoce a los trabajadores que, como el actor, han prestado servicios en forma habitual duran...

Embarazada-reduccion de funciones-despido

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, hizo lugar al reclamo presentado por una trabajadora que se desempeñaba como coordinadora en un centro médico, a la cual la empresa de medicina prepaga en la que cumplía su actividad, la dejara sin funciones después de reincorporarse a su actividad tras cumplir con su licencia por maternidad. Los magistrados que componen la Sala IV, decidieron condenar a una empresa de medicina prepaga a abonarle a la trabajadora la suma de 133 mil pesos en concepto de indemnización, más los intereses, tras determinar que se había producido una situación de despido indirecto. De acuerdo a la información publicada por la agencia de noticias DyN, la mujer que se había reincorporado luego de cumplir con una segunda licencia por maternidad, plazo de excedencia acordado y de vacaciones, sufrió la falta de los elementos necesarios para poder llevar a cabo su trabajo, significando la alteración de uno de los elementos principales del contrato laboral, debido a q...

Solidaridad laboral centro medico-obra social

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó una sentencia de primera instancia donde se estableció la solidaridad laboral de una obra social que derivaba pacientes al centro médico donde se desempeñaba la actora, a pesar de haberse admitido que la actora atendía a afiliados de otras obras sociales aparte de los de aquella. Los magistrados que integran la Sala IV, en los autos caratulados “Di Milia Mónica Beatriz c/ Medicina Integral Metropolitana S.A. y otros s/ despido”, entendieron que correspondía aplicar dicha solidaridad laboral, debido a que en su gran mayoría los pacientes atendidos por la actora en el centro de salud donde se desempeñaba, correspondían a dicha obra social. Si bien las codemandadas habían pactado una cláusula en virtud de la cual la obra social no asumía responsabilidad frente a las eventuales contingencias que el centro de salud pudiese tener con su personal, la misma resulta irrelevante al presente caso, ya que no puede ser opuesta al trabajador de...

Puede ser monotributista, pero igual hay dependencia laboral

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que se encontraba configurada la presunción de la existencia de un contrato de trabajo en los términos del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, en un caso donde una persona desempeñaba tareas de limpieza emitiendo facturas en carácter de monotributista. En primera instancia, la jueza interviniente había considerado que de acuerdo a las pruebas producidas, se podría demostrar que las partes se encontraban unidas por medio de un contrato de trabajo de carácter dependiente. En la causa “Pérez Ángel Silvano c/ Asociación Argentina de Golf s/ despido”, ante la apelación presentada por la demandada contra la resolución de primera instancia, los magistrados que conforman la Sala V, desestimaron los  agravios expuestos por la misma. De acuerdo a lo interpretado por los magistrados, si la demandada en el momento de contestar reconoció la existencia de la prestación de servicios por parte del actor, tal situación  hace presumir la ...

Embarazo en periodo de prueba. ¡Cuidado!

Dos fallos importantes emitio la Camara del trabajo en este sentido: Período de prueba. Embarazo. Despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala III, dispuso que durante la vigencia del período de prueba no rige la presunción del art. 178, de la LCT, y, en consecuencia, el despido de la mujer embarazada durante ese lapso dará lugar a la indemnización especial prevista en el art. 182, de la LCT, cuando se acredite que la cesantía fue motivada por dicho estado de embarazo. CNac.A.Trab., Sala III, Granieri Navas, Anabel Y. c/ MAPFRE Argentina Seguros S.A., 23/3/2009 Período de prueba. Embarazo. Contrato de trabajo. Extinción. El embarazo preexistente o sobreviniente de la trabajadora no posee virtualidad para alterar el status jurídico que resulte del período de prueba. CNac.A.Trab., Sala VIII, Petrillo, Paola Natalia c/ Nas Argentina S.A., 23/9/2008 Solicitar texto completo al estudio