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Embarazo en periodo de prueba. ¡Cuidado!

Dos fallos importantes emitio la Camara del trabajo en este sentido:
Período de prueba. Embarazo. Despido.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala III, dispuso que durante la vigencia del período de prueba no rige la presunción del art. 178, de la LCT, y, en consecuencia, el despido de la mujer embarazada durante ese lapso dará lugar a la indemnización especial prevista en el art. 182, de la LCT, cuando se acredite que la cesantía fue motivada por dicho estado de embarazo.
CNac.A.Trab., Sala III, Granieri Navas, Anabel Y. c/ MAPFRE Argentina Seguros S.A., 23/3/2009

Período de prueba. Embarazo. Contrato de trabajo. Extinción.

El embarazo preexistente o sobreviniente de la trabajadora no posee virtualidad para alterar el status jurídico que resulte del período de prueba.

CNac.A.Trab., Sala VIII, Petrillo, Paola Natalia c/ Nas Argentina S.A., 23/9/2008

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