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Mostrando las entradas de abril, 2013

Violencia Laboral-Maltrato a mujeres

“S. K. P. c/ R. y R. Soc. Civil y otros s/ despido” – CNTRAB – 26/02/2013 VIOLENCIA LABORAL CONTRA LAS MUJERES. MALTRATO DISPENSADO POR SUPERIORES JERÁRQUICOS. Conductas agresivas, maltrato verbal y desprecio. Ejercicio abusivo de poder. OBRAR NEGLIGENTE DE LA EMPLEADORA. Vulneración del deber de previsión y de seguridad. DESPIDO INDIRECTO. Justificación del despido decidido por la trabajadora. Reparación civil por daños y perjuicios. Acto ilícito. Art. 1078 del Código Civil. Art. 35 de la Ley 26485 “Protección Integral de las Mujeres”. Indemnización del DAÑO MORAL. Procedencia “En autos se encuentra debidamente acreditado que la actora fue víctima de violencia laboral por parte de sus superiores jerárquicos (empleadores) que constituye sin más injurias graves que no admiten la prosecución del vínculo laboral (art.242, LCT). Hago tal afirmación porque de los testimonios aportados por la actora se deriva la existencia de situaciones de maltrato hacia la mis...

Servicio Domestico. Ley 26844.

A continuacion se transcribe la nueva ley de servicio domestico. Esta tiene particularidades que se iran tratando y desarrollando en futuras entradas al blog, teniendo en cuenta la nueva jurisprudencia que se genere al efecto. S ERVICIO DOMESTICO Ley 26.844 Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Sancionada: Marzo 13 de 2013. Promulgada: Abril 03 de 2013. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES Título I Disposiciones Generales. ARTICULO 1° — Ambito de aplicación. La presente ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la ...

Maltrato laboral probado, igual despido

“F., S. S. c/ Dolores Gas S.A. s/despido" – CNTRAB – 06/02/2013 MALTRATO LABORAL. TRATO DESCONSIDERADO Y GROSERO DISPENSADO PÚBLICAMENTE POR UN SUPERIOR JERÁRQUICO HACIA LA TRABAJADORA. Prueba. AUSENCIA DE DAÑO PSÍQUICO. Indemnización del DAÑO MORAL. Procedencia. Irrelevancia de que los malos tratos no hubieran perdurado en el tiempo. Normativa que persigue la erradicación de la violencia laboral en el ámbito público. Ley 26485 –Protección Integral de la Mujer–. Incumplimientos de la empleadora. Obligaciones de advertencia frente a situaciones de violencia laboral “No soslayo que el trato desconsiderado y hasta grosero del que da cuenta (el testigo)… no es el adecuado en una comunidad de trabajo, como así tampoco que el hecho de llamar a la perra que residía en el depósito con el nombre de la actora ha dejado en evidencia la opinión desfavorable que el (superior tenía de ella)… y que ello pudo haberle afectado moralmente a raíz del descrédito o las burlas a las que tales hechos pu...

Acoso Moral y Violencia de Genero, condena a diario La Nacion

 Condenan a La Nación por violencia de género y acoso moral     La Cámara Laboral condenó al diario La Nación a que indemnice con más de medio millón de pesos a una empleada por “violencia de género y acoso moral padecido en el trabajo”. Los detalles de la causa. La sala I de la Cámara Laboral, con las firmas de Gabriela Alejandra Vázquez y Gloria Pasten de Ishihara, confirmó un fallo de primera instancia en el que se condenó a La Nación a indemnizar con casi 600 mil pesos a una empleada que fue maltratada por sus superiores y compañeros . Se trata de la causa “P.M.A. c/ S A L.N. s/ despido” donde en primera instancia el juez que intervino entendió que la trabajadora fue “discriminada en el ámbito laboral por el mero hecho de ser mujer” y además “fue víctima de otros actos de violencia laboral provenientes, tanto de su superior jerárquico, como de otros trabajadores funcionalmente pares”. Según consta en la causa la mujer, que trabajaba en la empresa desde 1995 y se ...

Hay que facilitar el amamantamiento de la empleada

La Cámara del Trabajo consideró justificado el despido en que se colocó una empleada de Walmart pues la empresa guardó silencio ante la intimación de la mujer para que se le permita un cambio de horario laboral para amamantar a su hijo. El Tribunal indicó que un pedido de esta índole “es inoponible la necesidad que pudiera esgrimir el empleador”. La Cámara del Trabajo, integrada por los magistrados Luis Catardo y Víctor Pesino, revocó una sentencia de primera instancia y, en consecuencia, admitió la acción por despido indirecto de una trabajadora de Walmart. La indemnización por la desvinculación se fijó en casi 100.000 pesos. La mujer había intimado a la empresa para que le conceda un cambio de horario para amamantar a su hijo, pero la empleadora guardó silencio. En particular, la Sala VIII del Tribunal de Apelaciones indicó que el artículo 57 de la LCT “debe integrarse con el artículo 919  del Código Civil y considerar que el silencio guardado por la empleadora frente a la intima...

Si hay falta de respeto probada, procede el despido

“A., M. B. c. Dajomar S.R.L. s. despido” – CNTRAB – 06/02/2013 DESPIDO CON CAUSA. REITERACIÓN DE FALTAS DE DISCIPLINA. FALTA DE CONTRACCIÓN A LABORES. Maltrato propinado por el dependiente hacia superior jerárquico, en presencia de compañeros de trabajo. Insultos y agresiones verbales. Incumplimiento contractual. Vulneración de los deberes del trabajador. Respeto a la jerarquía del empleador y de superiores. Arts. 62 y 62 de la LCT. Justificación del despido decidido por la empleadora “Aún frente a la negativa de los acontecimientos, por su parte, los mismos fueron acreditados; existió maltrato a un superior e incumplimiento de sus deberes. La calidad o clasificación de los insultos, como causantes -o no- de la ruptura del contrato de trabajo, es una facultad atribuida al Magistrado judicial y el carácter ofensivo de los términos que se viertan, puede verse agravado según el tono de voz y actitud física y gestual que se exhiba. A la luz de las reglas de la sana crítica (artículo 386 de...

El despido por matrimonio del trabajador varon

“Piñeyro Ruben Alberto c/ Telefonica de Argentina S.A. s/ despido” – CNTRAB – 28/02/2013 PROHIBICIÓN DEL DESPIDO POR CAUSA DE MATRIMONIO. TRABAJADORES VARONES. Doctrina del Plenario “Drewes”. Presunción del Art. 181 de la ley 20744. Exclusión de aplicación de la presunción que resulta discriminatoria. Despido que se produjo dentro de los seis meses posteriores al matrimonio. Indemnización especial –Art. 182 de la LCT–. Procedencia. DISIDENCIA: Falta de acreditación de que la causa real del despido haya sido el matrimonio del dependiente. Inaplicabilidad de la presunción del Art. 181 de la LCT. Indemnización agravada –Art. 182 de la LCT–. Rechazo “La exclusión de la aplicación de la presunción consagrada en el art. 181 de la L.C.T. (t.o.) al caso del despido del trabajador varón es discriminatoria, pues la diferencia de trato respecto de la mujer no está justificada con criterios razonables y objetivos, delineados a la luz de una interpretación dinámica y evolutiva… En el contexto socio...