Ir al contenido principal

otro caso de despido por discriminacion


Esta vez por no probar crisis economica empresarial

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que resultó discriminatorio el despido por la empleadora alegando crisis económica debido a que la pericia contable no demostró cambios significativos en la facturación general ni una merma en la cantidad de empleados, por lo que tuvieron por acreditado que el despido obedeció al estado de salud de la trabajadora.

La parte actora apeló la sentencia dictada en la causa “Área soporte de Marketing S.A. c/ T. A. B. s/ consignación”, donde el juez de grado rechazó la demanda por consignación e hizo lugar al reclamo por los rubros derivados del despido discriminatorio.

La recurrente se agravió al considerar que el magistrado de primera instancia había incurrido en una contradicción en los fundamentos de la sentencia apelada, debido a que sostuvo que al momento del despido quedó acreditado que no existía ninguna cualidad personal de la actora en virtud de la cual se pudiese haber adoptado una actitud discriminatoria, sin embargo remarca que la sentencia de grado tuvo por acreditado la comisión de un acto discriminatorio al producir la resolución del contrato de trabajo sin precisar los motivos de tal decisión.

Ante lo planteado por la recurrente, los jueces de la Sala VI resaltaron que en la causa quedó debidamente acreditado “que la demandada padece de leucemia linfocítica crónica con fonotipo B (ver análisis del Cemic de fs. 213) lo que significa que mas allá de que aún no padezca algún grado de incapacidad, que no se encuentre bajo tratamiento, ni presente síntoma alguno, la Sra. T. padece de esta severa enfermedad en la sangre”.

A su vez, remarcaron que luego de que la Sra. T regresara de su licencia por enfermedad, la actora la despidió invocando falta o disminución de trabajo y consignándole la suma que consideró adecuada.

Sin embargo, los jueces determinaron que “lejos estuvo la empresa empleadora de acreditar la alegada crisis económica ya que, tal como establece el Juez a quo, la pericia contable no demostró cambios significativos en la facturación general ni una merma en la cantidad de empleados, ni la caída en la facturación neta del call center durante el año 2009, ni que haya sido determinante para la invocada y no probada merma de trabajo, la desvinculación de la empresa con el cliente Oracle Argentina cuya administración estaba a cargo de la actora, ya que contaba con otros clientes”.

En base a lo expuesto, en la sentencia del 30 de junio, los camaristas coincidieron con el juez de grado que “ante la ausencia de prueba que demuestre la existencia de las causales invocadas para el despido no queda más que tener por cierto, como sostiene en su resolutorio el magistrado de grado, que el despido de la demandada obedeció al estado de salud de la señora T., incurriendo con su accionar en la figura del despido discriminatorio comprendido en los términos de la ley 23.592”. publicado en abogados.com.ar


Comentarios

Entradas más populares de este blog

Desvinculacion por acta notarial NO.

Consideran nula la negociación de la extinción de la relación laboral por escritura pública ante la ausencia de asistencia letrada La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad del acta notarial en virtud de la cual se extinguió el vínculo laboral, la cual tuvo lugar luego de una suspensión disciplinaria, ante la ausencia de asistencia letrada del trabajador. La sentencia de primera instancia dictada en la causa “Salo José Ricardo C/ Boehringer Ingelheim S.A. s/ despido”, rechazó la demanda incoada por el actor que consideró que el acuerdo extintivo celebrado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, mediante escritura, no fue producto de su libre decisión. Al pronunciarse en tal sentido, la magistrada de grado concluyó que en la especie no se configuraban elementos que restaran validez a la voluntad del actor plasmada en la actuación notarial precedentemente señalada, siendo tal decisión apelada por el actor. Los jueces qu...

si presenta certificado medico falso procede el despido

Consideran Justificado del Despido del Trabajador ante la Presentación de un Certificado Médico Apócrifo La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que resultó justificado el despido del empleado por pérdida de confianza, ante la presentación de un certificado médico apócrifo para justificar inasistencias. En el marco de la causa “Valdueza Segreto Ricardo Javier c/ CPS Comunicaciones S.A. y otro s/ despido”, el actor había iniciado demanda contra CPS Comunicaciones S.A. y contra Metrovías S.A., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor, así como también para que se declare la nulidad del despido dispuesto y se disponga la reinstalación en su puesto de trabajo. El actor sostuvo que en determinado momento le fueron negadas tareas, por lo que inició intercambio telegráfico, hasta que finalmente resultó despedido en forma directa mediante la invocación de una causal que desconoce, por lo que solicita que se declare la nulidad del despido y se lo ...