Ir al contenido principal

Si deposita la liquidacion final, el recibo puede ser declarado invalido

Determinan Falta de Pago de Indemnización a Pesar de Reunir el Recibo los Requisitos Legales

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó una sentencia de primera instancia que consideró acreditado el pago de una porción de la indemnización por despido en base al recibo firmado, ya que los camaristas consideraron que si aun admitida la firma se controvirtiera su contenido, nada impediría probar que las declaraciones consignadas en el instrumento no son reales.

La actora apeló la sentencia de primera instancia dictada en la causa “Balduzzi Norberto Horacio c/ Frigorífico Pilar S.A. s/ despido”, donde la jueza de grado consideró acreditado el pago de una porción de la indemnización por despido, tras otorgar eficacia probatoria al recibo presentado en la causa, al entender que el reconocimiento de la firma por parte del actor implicaba el de su contenido, mientras que la prueba testifical resultaba insuficiente para demostrar la inexistencia de pago.

Los jueces que integran la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo señalaron en primer lugar que “el recibo que reúne los requisitos legales es válido por sí mismo y, una vez reconocido o tenido por reconocido, tiene la más plena eficacia probatoria para acreditar el pago como hecho extintivo de la obligación”, pero que si “aun admitida la firma se controvirtiera su contenido, nada impediría probar que las declaraciones consignadas en el instrumento no son reales (que el pago no se hizo o se hizo en cantidad menor), sin que rija la limitación del art. 1017 del Cód. Civil con respecto a la prueba de testigos”.

Los camaristas consideraron acreditado que en el presente caso, al actor se le había informado que el pago de sus acreencias se efectuaría, como de costumbre, por medio del depósito de los importes correspondientes en su cuenta sueldo, por lo que el actor aceptó la propuesta de la empleadora y suscribió cinco recibos, confiado de que el dinero se encontraría depositado en esa cuenta, pero al momento de concurrir al banco para el cobro, advirtió que no había sido acreditado el importe consignado en uno de esos instrumentos.

Tras destacar que la prueba testifical corrobora la versión del actor, los magistrados resaltaron dos fuertes elementos indiciarios en contra de la demandada.

En primer lugar, los camaristas cuestionaron el medio de pago utilizado, debido a que la empleadora abonaba los salarios del actor mediante acreditación en la cuenta sueldo abierta a la orden del trabajador, con fondos transferidos de otra cuenta titularidad de la empresa, por lo que concluyeron que “no se entiende entonces por qué la empleadora no recurrió a ese mecanismo para cancelar la indemnización por despido que dice haber abonado en efectivo”.

Por otro lado, los jueces hicieron referencia al supuesto origen del dinero en efectivo, debido a que la empleadora intentó acreditar que el pago en discusión habría sido realizado con fondos extraídos de una cuenta del Banco Nación. Los jueces resaltaron que no puede entenderse como pudo haber utilizado el dinero extraído posteriormente a la fecha en la que se hizo el pago.

En base a lo anteriormente señalado, los camaristas concluyeron en la sentencia dictada el pasado 28 de octubre, que las declaraciones consignadas en el recibo no se ajustan a la realidad, por lo que modificaron la sentencia apelada y admitieron el reclamo de diferencias indemnizatorias.publicado en abogados.com.ar

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Desvinculacion por acta notarial NO.

Consideran nula la negociación de la extinción de la relación laboral por escritura pública ante la ausencia de asistencia letrada La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad del acta notarial en virtud de la cual se extinguió el vínculo laboral, la cual tuvo lugar luego de una suspensión disciplinaria, ante la ausencia de asistencia letrada del trabajador. La sentencia de primera instancia dictada en la causa “Salo José Ricardo C/ Boehringer Ingelheim S.A. s/ despido”, rechazó la demanda incoada por el actor que consideró que el acuerdo extintivo celebrado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, mediante escritura, no fue producto de su libre decisión. Al pronunciarse en tal sentido, la magistrada de grado concluyó que en la especie no se configuraban elementos que restaran validez a la voluntad del actor plasmada en la actuación notarial precedentemente señalada, siendo tal decisión apelada por el actor. Los jueces qu...

si presenta certificado medico falso procede el despido

Consideran Justificado del Despido del Trabajador ante la Presentación de un Certificado Médico Apócrifo La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que resultó justificado el despido del empleado por pérdida de confianza, ante la presentación de un certificado médico apócrifo para justificar inasistencias. En el marco de la causa “Valdueza Segreto Ricardo Javier c/ CPS Comunicaciones S.A. y otro s/ despido”, el actor había iniciado demanda contra CPS Comunicaciones S.A. y contra Metrovías S.A., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor, así como también para que se declare la nulidad del despido dispuesto y se disponga la reinstalación en su puesto de trabajo. El actor sostuvo que en determinado momento le fueron negadas tareas, por lo que inició intercambio telegráfico, hasta que finalmente resultó despedido en forma directa mediante la invocación de una causal que desconoce, por lo que solicita que se declare la nulidad del despido y se lo ...