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Mostrando las entradas de agosto, 2014

Para la Camara Laboral no corresponde la acumulacion de faltas para despedir

Aclaran que no es posible acumular faltas que por sí solas ameritan sanciones de tipo menor para justificar el despido del trabajador Al considerar injustificado el despido dispuesto ante la ausencia de contemporaneidad entre la injuria imputada al trabajador y la fecha de comunicación del despido, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo remarcó que no es posible acumular faltas que por sí solas ameritan sanciones de tipo menor. En los autos caratulados "A. L. A. A. c. Arcos Dorados Argentina S.A. s. despido", la magistrada de primera instancia si bien tuvo por acreditado el hecho denunciado por la empleadora en la carta rescisoria estimó que la decisión rupturista careció de la necesaria contemporaneidad y proporcionalidad exigida por la Ley de Contrato de Trabajo. Asimismo, sostuvo que la sociedad demandada omitió el recaudo formal de una previa intimación y, en consecuencia, juzgó improcedente el despido con el que la empleadora puso fin a la relación. La sentencia d...

Que hacer cuando los medicos (obra social y de la empresa) no se ponen de acuerdo en un diagnostico

Explican cómo debe proceder el empleadora ante las contradicciones entre el diagnóstico del médico de la empresa y el de la obra social La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que ante las contradicciones entre el diagnóstico del médico de la empresa y el de la obra social, la empleadora debía realizar una junta médica a los fines de determinar el real estado de salud del accionante pero no disponer sin más la disolución del contrato de trabajo. La parte demandada apeló la sentencia de grado dictada en la causa “Vargas Cristian Ramón c/ Vía Bariloche S.A. s/ despido”, que tras considerar injustificado el despido fundado en abandono de trabajo, hizo lugar a las indemnizaciones reclamadas con fundamento en los artículos 232, 233 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. En el caso bajo examen, la demandada consideró al actor incurso en abandono de trabajo mediante misiva en la que le imputó “atento a que prosigue con su injuriosa conducta, que a la vez que argumenta que sufr...

Parece que la falta de respeto no es injuria grave para esta Sala

“A. M. c/W. I. S. S.A. y otro s/despido” – CNTRAB – 30/06/2014 DESPIDO INJUSTIFICADO. LA “FALTA DE RESPETO” COMO CAUSAL DE DESPIDO. Insulto proferido por el trabajador a quien se desempeñaba como líder del equipo. FALTA QUE NO RESULTA SUFICIENTE PARA LA CONFIGURACIÓN DE UNA “INJURIA GRAVE”. Art. 242 de la LCT. Valoración de la prueba. Empleado muy bien conceptuado por el personal de la empresa. Extensa antigüedad del trabajador. Ausencia de antecedentes disciplinarios. Principio de conservación del contrato de trabajo. Art. 10 de la LCT. Falta de justificación del despido decidido por la empleadora Citar: elDial.com - AA8914 Publicado el 19/08/2014

Deber de intimacion del empleador, en estado de excedencia

“Gimenez, Silvina Lourdes c/ SAV S.A. s/ despido” – CNTRAB – 30/06/2014 TRABAJO DE MUJERES. Protección de la maternidad. ESTADO DE EXCEDENCIA. OPCIÓN TÁCITA. Art. 186 de la Ley 20744. Interpretación normativa. Regla que no consagra un presupuesto de extinción automática del contrato laboral. SUPUESTO DE EXCEPCIÓN QUE DEBE ANALIZARSE EN FORMA RESTRICTIVA. Principio de conservación del contrato de trabajo. Art. 10 de la LCT. “Deber de buena fe” que impone al empleador efectuar una intimación antes de dar por extinguido el vínculo. Falta de justificación del despido decidido por la empleadora, con sustento en el Art. 186 de la LCT. Agravamiento indemnizatorio previsto en el Art. 182 de la LCT. Procedencia Citar: elDial.com - AA8940 Publicado el 20/08/2014