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Mostrando las entradas de abril, 2012

despido por matrimonio, indemnizacion agravada

El despido indirecto es compatible con una indemnización agravada     La Justicia  admitió el pago de la indemnización agravada que prevé el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo, para casos de despido por matrimonio, pese a que la desvinculación fue indirecta. Que el distracto lo dispuesiera la propia actora “no constituye un obstáculo para la admisión de la indemnización agravada”, sostuvo la Cámara. La Sala VIII de la Cámara del Trabajo, con el voto de los jueces Luis Catardo y Víctor Pesino, admitió el reclamo de una trabajadora de la empresa Citytech de que se le pague la indemnización agravada del artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo, pese a que la decisión de poner fin al vínculo laboral la tomó la propia trabajadora. En particular, el Tribunal de Apelaciones destacó que “el hecho de que el despido haya sido dispuesto por la trabajadora en forma indirecta no constituye obstáculo para la admisión de la indemnización agravada del artículo 182 de...

Cuidado con despedir en estos casos

“Antoñana, Vanesa c/ Falabella S.A. s/ despido” – CNTRAB – 15/02/2012 TRABAJO DE MUJERES. PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD. Despido sin causa. DESPIDO DISCRIMINATORIO. Desvinculación que se produjo una vez vencido el plazo previsto por el Art. 178 de la Ley 20744. Valoración de indicios. Discriminación fundada en la reciente maternidad de la dependiente. Principio “iura novit curia”. Aplicación de la Ley 23592. Resarcimiento del DAÑO MORAL. Procedencia “Constituyen indicios suficientes el hecho de que luego de que la trabajadora se encontrara desempeñándose durante varios años en un sector, se la destine a un puesto creado al efecto en otro sector, y no se la restituya en sus tareas habituales luego de que se reincorporara de su licencia por maternidad.” “…la desvinculación se produjo al mes y días de vencido el plazo previsto por el art. 178 de la LCT, y que aún se encontraba vigente el descanso diario por lactancia previsto en el art. 179 de la LCT… Si bien es cierto que la accionan...