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Resoluciones del MTySS sobre licencias y coronavirus

Coronavirus: licencias y prevención Procedimientos, obligaciones y derechos de trabajadores y empleadores respecto a licencias, no concurrencia al lugar de trabajo, aislamiento y medidas de prevención por la emergencia sanitaria. Compartir en Facebook   Compartir en Twitter   Compartir en Linkedin   Compartir en Whatsapp   Publicado el sábado 14 de marzo de 2020 El Ministerio de Trabajo dictó la Resolución 202/2020 que actualiza procedimientos, obligaciones y derechos de trabajadores y empleadores respecto a licencias, no concurrencia al lugar de trabajo, aislamiento y medidas de prevención, a raíz de la emergencia sanitaria por el Coronavirus, y deroga sus resoluciones 178 y 184 de este año sobre el tema. La norma establece que las personas que se encuentren en cualquiera de las situaciones detalladas en el artículo 7 del Decreto 260/2020 no deben concurrir a sus lugares de trabajo durante 14 días y que s...
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Primero probar la relacion laboral

La Cámara del Trabajo desestimó la demanda de un remisero contra la agencia y consideró que no existió ninguna relación laboral porque no se pudo comprobar la existencia de un horario de prestación de tareas. No toda relación es laboral Por:  Diario Judicial @diariojudicial notas@diariojudicial.com En los autos  “CHIQUINI MIGUEL ANGEL Y OTRO S/ DESPIDO”, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó una demanda de despido contra una remisería interpuesta por un supuesto trabajador del lugar. Los miembros del Tribunal confirmaron la sentencia de grado que desestimó los reclamos del demandante y sostuvo que entre las partes no medió contrato de trabajo. Si bien se comprobó que el hombre es el titular del auto que manejaba, no se halló ningún registro que diera cuenta de un horario específico de prestación de tareas. “ Los jueces señalaron que no existió una relación laboral entre los involucrados en la causa, ya que el demandante podía ausentarse del estab...

La empresa es responsable de sus empleados

La Cámara del Trabajo condenó a una empresa por el maltrato que sufrió un trabajador por parte de un superior jerárquico. Una gerenta denigraba al empleado especialmente por su orientación sexual En los autos "D. S. A. C. R. c/ Massalin Particulares S.A. s/ despido", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo responsabilizó al CEO de una empresa por el maltrato de una de sus gerentes a un empleado por su orientación sexual. Los miembros del Tribunal revocaron la sentencia de grado y admitieron la demanda por daño moral interpuesta. Sostuvieron que el dueño de la empresa obró con negligencia y violó el deber de previsión y de seguridad en detrimento del trabajador.   "El empleador debe preservar la dignidad de la persona trabajadora, por lo que no sólo se encuentra legitimado para tomar medidas en resguardo de la integridad de las personas que de ella dependan bajo un contrato de trabajo, sino que constituye una exigencia derivada del p...

Primero CD a los buscadores de internet, despues demande

La Cámara Civil y Comercial Federal reiteró que para solicitar como medida cautelar el bloqueo a enlaces con contenido ofensivo, incluso pornográfico, primero se debe cumplir con el paso de enviar una carta documento a los buscadores, precisando los links que se deben bloquear. Luego de que la Corte Suprema dictara el fallo “Rodriguez c/ Google” la Justicia unificó criterios en lo que hace al otorgamiento de medidas cautelares tendientes a que los motores de búsqueda de internet bloqueen los enlaces a sitios web con contenido injuriante, incluso para los casos de web con material pornográfico. Es que, para todos esos casos, los Tribunales determinaron que la acreditación verosimilitud del derecho para conceder la cautelar debe notificarse primero por carta documento a los buscadores, señalando todos los enlaces que se buscan dar de baja. Bajo esos Parámetros, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal revocó el rechazo a la medida precautoria solicitada en autos “M.M.P. c/ Yahoo ...

Los tcl de despido deben ser precisos en su redaccion

Los problemas de los telegramas mal redactados Las generalidades para el despido no valen     La Cámara del Trabajo tuvo por injustificado un despido por pérdida de confianza basado en "mal desempeño" laboral. Los magistrados señalaron que la empleadora no aclaró cuáles eran las conductas que se le atribuían al trabajador para ser consideradas injuriantes. Si un jefe decide despedir a un empleado, mejor que sea claro en su mensaje. Ese es el criterio que deja expuesto el fallo de la Sala X de la Cámara de Apelaciones del Trabajo en autos "Juricich, Cesar Eduardo c/ Domicela S.A. s/ Despido". El Tribunal conformado por los jueces Roberto Pompa y Alvaro Ballestrini coincidió con el juez de Primera Instancia, que hizo lugar a al demanda por despido, en que no se justificó el mal desempeño del trabajador despedido, sencillamente porque no se consignaron las conductas presuntamente agraviantes. El telegrama remitido por la demandada señalaba que el actor había incurrido ...

Primero intimar a presentarse, despues despedir

 Hay que pedirle al trabajador que se reincorpore antes de despedirlo     La Cámara del Trabajo sostuvo en un fallo que si un empleador no intima a un empleado a que se reintegre a sus tareas, no opera la causal de despido justificado por abandono de trabajo. Así hizo lugar a una demanda por despido. Las reglas del artículo 244 de la LCT. La Cámara del Trabajo reiteró el criterio de la Justicia Laboral, en cuanto sólo hay abandono de trabajo cuando el empleador intima al trabajador para que se reincorpore y este hace caso omiso. Por el contrario, en caso de proceder directamente al despido, sin intimación, procede una indemnización por despido injustificado. Eso fue lo que resolvió la Sala VIII del Tribunal de Apelaciones en autos "Llanos Flores María Clementina c/ Federación de Círculos Católicos Obreros s/ despido", en un fallo que contó con las firmas de los jueces Victor Arturo Pesino y Luis Alberto Catardo. Ambos magistrados confirmaron la sentencia que hizo lug...

NO se puede despedir solo por antecedentes

Consideran injustificado despido de trabajador con antecedentes disciplinarios basado en una única inasistencia La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que no puede admitirse la validez del despido basado en una sola ausencia, aun cuando existieran antecedentes disciplinarios, debido a que la denuncia del contrato de trabajo, por ese motivo, resulta desproporcionada e irrazonable si se la compara con la falta cometida. En la causa “ Verón Gisela Beatriz c/ Taksun S.A. s/ despido” , la parte actora apeló la sentencia de primera instancia que rechazó en lo principal la demanda tendiente al cobro de las indemnizaciones reclamadas como consecuencia del distracto. El juez de grado ponderó que las sucesivas ausencias efectivamente sancionadas resultaron suficiente causal para que, con la inasistencia del día 14/12/08, la demandada culmine el vínculo laboral habido entre las partes. Sumado a ello, explicó que la falta de comunicación fehaciente del estado ...

La sancion no debe ser tardia, para la Camara del Trabajo

 Sanción tardía, despido injustificado     La Sala IX de la Cámara del Trabajo tuvo por injustificado un despido que tuvo como antecedente una suspensión por inasistencia, aplicada dos meses después del hecho. El Tribunal explicó además que "en forma previa a la imposición de cualquier tipo de sanción –y con más razón tratándose de la máxima sanción-, la empleadora debió haber intimado fehacientemente al trabajador, otorgándole la posibilidad de justificar sus inasistencias". La Sala IX de la Cámara del Trabajo consideró que un despido que tuvo como base una sanción de suspensión, aplicada dos meses después de ocurrido el hecho que la motivo, no se encontraba justificado en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo El criterio fue sostenido por la Sala IX del Tribunal de Alzada en los autos "Sandoval, Gonzalo Maximiliano c/ Operadora de Estaciones de Servicio S.A. s/ Despido", que compartió, en ese sentido, los fundamentos del juez de Primera In...

Reclamo de regularizacion laboral

Consideran legítimo despido indirecto del trabajador ante el silencio guardado por las codemandadas tras el reclamo de regularización laboral Tras acreditar que la actora intimó a su empleadora y a la persona física codemandada a los fines de que aclaren situación laboral, abonen salarios adeudados y registren la relación laboral, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró ajustado a derecho el despido indirecto del trabajador. La accionante se agravió de la sentencia de primera instancia dictada en la causa “Roca Horacio Eduardo c/ Ecopro Sur S.A. y otro s/ despido” , que rechazó íntegramente la demanda interpuesta por considerar que no se probó la existencia de la relación de trabajo alegada en el inicio. El recurrente sostuvo que las pruebas producidas en autos resultan harto suficientes para acreditar la prestación de tareas en relación de dependencia. En tal sentido, manifiesta que la codemandada Ecopro Sur S.A. fue tenida por rebelde en autos, y qu...

Despido con causa. Empleado debe conocer normas de la empresa

Despido con causa El sospechoso brillo de las copas     La Sala V de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, confirmó una sentencia definitiva por considerar justificada la conducta de una empresa que despidió a un trabajador por escupir la servilleta con la que continuó secando la vajilla. Los jueces manifestaron que “el actor estaba en conocimiento de las normas de higiene impuestas por su empleadora”. Un empleado gastronómico fue despedido cuando el restaurante donde trabajaba advirtió que, durante el turno de la cena escupió en las servilletas con las cuales se fajinan las copas. El caso se dio en los autos “T. E. L. Y Otro C/ Elisabel SRL y Otro S/ Despido”, los jueces Enrique Néstor Arias Gibert, Oscar Zas y Luis Anibal Raffaghelli confirmaron la sentencia definitiva que consideró probada la injuria que justificó el despido directo de la actora. Según los testimonios producidos en el fallo, la actora “escupió en las servilletas con las cuales se fajinan las copas, y c...